La máxima instancia publicó este jueves su fallo sobre la apelación que tiene en vilo al boyacense.
El Tribunal de Arbitraje del Deporte (TAS) ha emitido este jueves su fallo en el procedimiento de arbitraje entre el ciclista colombiano Nairo Quintana y la Unión Ciclista Internacional (UCI).
El Panel del TAS a cargo del asunto ha desestimado la apelación y ha confirmado la decisión emitida por el Director Médico de la UCI el 17 de agosto de 2022 (la Decisión impugnada) en la que se determinó que Nairo Quintana había infringido las Reglas Médicas de la UCI (presencia de incompetencia de tramadol) y fue sancionado con la descalificación de los resultados que obtuvo en el Tour de Francia 2022 y una multa de cinco mil francos suizos.
En julio de 2022, Nairo Quintana participó en el Tour de Francia finalizando 6º en la clasificación general. Los análisis de laboratorio de las muestras de sangre seca proporcionadas por él después de las etapas del 8 y 13 de julio de 2022 revelaron la presencia de tramadol y sus dos metabolitos principales.
El 17 de agosto de 2022, el Director Médico de la UCI emitió la Decisión Impugnada.
El 26 de agosto de 2022, Nairo Quintana interpuso recurso ante el TAS solicitando la nulidad de la Decisión Impugnada.
El panel del TAS designado para decidir el asunto celebró una audiencia el 12 de octubre de 2022.
Después de la audiencia, el panel deliberó y determinó que la prohibición de tramadol en competencia de la UCI fue por razones médicas en lugar de dopaje y, por lo tanto, estaba dentro del poder y la jurisdicción de la UCI.
Además, el Panel quedó satisfecho de que la evidencia científica mostró que las muestras de Nairo Quintana contenían tanto tramadol como sus dos metabolitos.
Sobre esta base, el Panel concluyó que la decisión impugnada debía mantenerse y desestimó la apelación.
El TAS informó que el laudo completo con los fundamentos de la decisión del Panel se notificará a las partes en su momento.
El Pepazo/El Tiempo