José Andrade
Un hombre, de 34 años de edad, identificado como J. A. Parada Miranda, quedó condenado a 10 años y ocho meses de prisión, por el homicidio de José Gregorio Jaimes Morales, durante un robo.
Según informa el Ministerio Público, por este mismo caso también resultó condenado a cinco años y ocho meses de prisión L. A. Ruiz González, de 31 años. Esta última sería la pareja de Parada Miranda, quien admitió su participación en los hechos.
El crimen se perpetró el 25 de agosto de 2022, en una vivienda ubicada en la Villa San Cristóbal, jurisdicción del municipio capital del estado Táchira.
Tras arribar al sitio, el victimario accedió a la vivienda de José Gregorio Jaimes Morales, quien pudo ingresar debido a su relación de amistad previa.
Una vez dentro del inmueble, lo agredió en la cabeza con sus puños y después con un objeto contundente. Seguidamente, lo arrojó al suelo y procedió a asfixiarlo hasta la muerte.
Luego de ello, Parada Miranda tomó varios electrodomésticos y un televisor para meterlos en el carro de la víctima, con el fin de extraerlos del sitio. Sin embargo, no pudo hacerlo.
Al día siguiente, Ruiz González volvió al terminal de pasajeros de San Cristóbal y contrató de nuevo un transporte hacia la dirección del fallecido. Una vez que la unidad se presentó en el sitio, el victimario la abordó con todo lo robado.
Experticias telefónicas de funcionarios del Cicpc, coordinadas por el Ministerio Público, permitieron aprehender a Parada Miranda el 9 de septiembre de 2022 en San Cristóbal. El sujeto quedó a disposición del órgano garante de la legalidad en el país.
Ese mismo día, el Cicpc capturó a Ruiz González en el sector San Josecito del municipio Torbes.
Durante el juicio, la Fiscalía 31ª de Táchira ratificó la acusación contra Parada Miranda como autor de homicidio intencional calificado, en la ejecución del delito de robo agravado y agavillamiento.
De igual modo, ratificó la acusación contra Ruiz González como cómplice no necesario del primer tipo penal, además de agavillamiento.
Una vez que la representación fiscal escuchó la admisión de los hechos por parte de ambos, el Tribunal 4º de Juicio dictó las referidas condenas de prisión.
Se fijó como sitio de reclusión la sede estadal del Cicpc, ubicada en la ciudad de San Cristóbal.
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El Pepazo/2001